¿Qué ocurre cuando dos relatos sobre un hecho victimizante se excluyen el uno al otro? ¿Quién y cómo determina cuál es la verdad? La experiencia social dice que aquello considerado como verdad suele surgir de una creencia compartida: verdadero resulta aquello que es creído por un grupo, por una comunidad. Pero, a diferencia de, por ejemplo, las verdades religiosas o artísticas, cuya marca es la interpretación por fe o la subjetividad como sello, hay grupos o comunidades que tienen la responsabilidad de apuntar a verdades objetivas y neutrales: la comunidad jurídica o el conjunto de los medios de comunicación son algunas de ellas.
Sin embargo, la historia del Derecho y de los medios de comunicación, a la luz de la perspectiva de género, desvela que no sólo no han sido ni son neutrales, sino que se trata de instituciones profundamente sexistas y androcéntricas. La valoración realizada por las y los operadores jurídicos está basada en criterios como “las máximas de la experiencia”, “la sana crítica” o “la íntima convicción”, nada muy distinto de los criterios periodísticos, que –bajo la influencia de innumerables estereotipos y mandatos de género– premian una conducta sexual depredadora y aseguran el triunfo de la impunidad.